Comisión Directiva

La Comisión Directiva está integrada por un Presidente, un Vicepresidente 1º, un Vicepresidente 2º, un Secretario, un Tesorero y ocho (8) Vocales titulares.

Asimismo, se eligen cada año seis (6) Vocales suplentes para el caso de traslado, renuncia, incapacidad o fallecimiento de los titulares.

El mandato de los miembros de la Comisión Directiva dura dos (2) años, pudiendo ser reelegidos. La Comisión Directiva se renueva parcialmente cada año correspondiendo renovar los mandatos del Presidente, el Vicepresidente 2º y el Tesorero, así como la mitad de los Vocales titulares, un año. En el año siguiente, se renuevan los mandatos del Vicepresidente 1º, el Secretario y la otra mitad de los Vocales titulares.

En todos los casos se deben respetar las pautas que, sobre la representación femenina en los cargos electivos y representativos, establece la Ley 25.674 y el artículo 2° del Decreto Reglamentario N° 514/2003.

Para integrar los órganos directivos se requiere: a) mayoría de edad; b) no tener inhibiciones civiles ni penales, con los alcances del artículo 16 del Decreto N° 467/88 (Ley N° 23.551); c) estar afiliado, tener 2 (dos) años de antigüedad en la afiliación y encontrarse desempeñando la actividad durante dos (2) años.

Las funciones y atribuciones de la Comisión Directiva son:

a) Hacer cumplir las disposiciones contenidas en este Estatuto, las Resoluciones de la Asamblea y sus propios Acuerdos.

b) Realizar las gestiones que se requieran a fin de lograr los objetivos de la Asociación.

c) Ejercer la administración de los bienes sociales.

d) Considerar los problemas laborales de los afiliados.

e) Convocar a la Asamblea, tanto para sesiones Ordinarias como Extraordinarias.

f) Adoptar las medidas disciplinarias previstas en el Estatuto del APSEN.

g) Nombrar las comisiones auxiliares, permanentes o transitorias que considere necesarias para el mejor desenvolvimiento y organización, designar colaboradores o formar comisiones para que auxilien a los secretarios en sus funciones generales o en casos especiales.

h) Convocar el Tribunal de Honor ad-hoc previsto en el Artículo 53º del Estatuto del APSEN.

i) Nombrar empleados y todo el personal necesario para el cumplimiento de la finalidad social, fijar los sueldos, determinarles las obligaciones, aplicar sanciones disciplinarias y despedirlos.

j) Realizar donaciones para fines benéficos. La Comisión Directiva solo podrá destinar, a tal fin, por año, un máximo del 1,5% de la recaudación anual en concepto de cuotas sociales, correspondiente al ejercicio contable del año inmediatamente anterior.